Nueva sentencia contra Cauchos Karey
Anulada la sanción contra
Iván Cusac
(y van tres)
El Juzgado de lo Social nº 1 de Alicante, en la sentencia
467, de28 de septiembre de 2009, ha declarado improcedente
la sanción de suspensión de empleo y sueldo por
sesenta días que la empresa Cauchos Karey aplicó a
nuestro compañero Iván a finales de 2008. Miembro del
Comité de Empresa y delegado de Prevención, la empresa
le acusaba de “transgresión de la buena fe contractual
y fraude y deslealtad a la empresa” por el uso que había
hecho del crédito horario sindical al que tiene derecho según
el Estatuto de los Trabajadores.
Al igual que ocurrió con los otros dos delegados de CGT a los que se aplicó idéntica sanción, Israel Abellán y David Blanco, el magistrado señaló en el tercer fundamento de derecho que Iván preavisó del uso del crédito horario, utilizó el mismo para fines propios de su función y justificó su uso
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En cualquier caso, añade, “no hay motivos
para la sanción impuesta, excediéndose la empresa
tanto en su imposición como en el seguimiento que efectuó
al actor” y, en consecuencia, debe dejarse sin efecto
la sanción, “y sin que la imposición de la sanción revocada
pueda constituir perjuicio de clase alguna para el demandante”.
El calvario de los delegados de CGT en el Comité de
Empresa comenzó poco después de la constitución del
mismo, en cuanto comenzaron a informar a los compañeros
y a exigir a la empresa el cumplimiento de la normativa
laboral. Desde entonces, los tres sufren una verdadera
persecución, que se ha manifestado en broncas, presiones
traslados de puesto de trabajo, cambio de horarios,
sanciones y el despido de Iván Cusac.
Hasta ahora, diferentes juzgados de lo Social (los números
2 y 6 con anterioridad, y ahora el nº 1) han dado la
razón a nuestros compañeros y han condenado a la empresa
a dejar sin efecto la sanción de suspensión de empleo
y sueldo que les aplicó.
El 9 de noviembre Iván Cusac está citado de nuevo
en el juzgado de lo Social, aunque esta vez el juicio será
por despido, ya que la empresa, en su cruzada contra la
CGT, no dudó en despedirlo acusado de absentismo.
El ERE de Alcoa 2010, mejora
el anterior
Vicente Aracil
Sección Sindical de Alcoa
El preacuerdo alcanzado el día 3 de noviembre sobre el
ERE de suspensión de contratos de ALCOA entre los representantes
legales de los trabajadores (CCOO, UGT y
CGT), los delegados sindicales y la dirección de la empresa,
venía fraguándose desde principios de octubre y
se ha resuelto de forma que en algunos aspectos mejora
el ERE de 2009.
En efecto, la del día 3 de noviembre era la cuarta reunión
de una tanda que había comenzado el 8 de octubre
y había continuado los días 21 y 30 de octubre. La dirección
pretendía un ERE de 66 días con las mismas condiciones
económicas y de aplicación que el anterior, pero
finalmente ha aceptado un ERE de 48 días y ha mejorado
y concretado su oferta en aspectos relacionados con la
producción.
Los principales acuerdos son rebajar el ERE hasta
48 días, aplicar el ERE entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
de 2010 con un período máximo de aplicación
de 7 días dentro del período comprendido en una misma
nómina, la empresa complementará hasta el 100% las
pagas extras anuales y pagará el 100% de la aportación
al plan de pensiones, complementar hasta el 100% del
salario bruto todos los días que coincidan con descanso
y el resto al 80%, y no aplicar los días de ERE los meses
en que la producción sea igual o superior a 5.700 toneladas
tomando como referencia meses de 30 días operativos,
siempre y cuando la producción media diaria sea
igual o superior a 203 Tm/día.
Los trabajadores de ALCOA acordaron la firma del
ERE de suspensión de contratos de 2010 en la asamblea
general de trabajadores celebrada el jueves 5 de noviembre.
El 10 de noviembre los trabajadores están emplazados
para hablar del convenio y de otros asuntos pendientes,
como la reestructuración de la planta de Alicante.
Alcoa está empeñada en cerrar fundición, taller con
una plantilla de 25 personas que dispone de dos hornos
grandes y dos pequeños para la producción de plaquetas
de colada vertical y rollos de colada continua,
